EL ODIO ES MAL CONSEJERO
Por Eduardo Martín Romero
Sin duda, buena parte de
la sociedad argentina siente un manifiesto odio que se evidenciaba en charlas
cotidianas o en las redes sociales, por la ex presidente Cristina Kirchner, por
sus colaboradores en la gestión de gobierno, por los periodistas que defendían
su gestión, por los que militaban a su favor, por los peronistas en general,
por los que votaban a su favor y en general por todos aquellos que sostenían la
gestión anterior.-
Es el mismo odio que
muchos sienten por el presidente Macri sus colaboradores, los periodistas que
defienden su gestión, por los que militan a su favor, por los adheridos a
Cambiemos en general, por lo que votaron a su favor y en general por todos
aquellos que sostienen de una u otra manera la actual gestión y que también se
evidencia en charlas cotidianas o en las redes sociales.-
Es el mismo odio que
enfrenta amigos, que destruye los encuentros familiares, que nos obliga, al
encontrarnos con alguien, evitar hablar de temas de política; es el mismo odio
que enfrenta sindicatos, periodistas, médicos, docentes, dirigente etc.-
Pero a partir de la
disposición del Juez Bonadío, del pasado jueves, de procesar a Cristina Fernández,
a D’Elias, a Zannini, a Timerman, a Khalil y a Esteche imponiéndoles además la
prisión preventiva se agrega a la cuestión del odio una nueva escena ya que
muchos son los que desean ver presos a estos actores movidos por el odio que
despierta la posible comisión de delitos de corrupción por parte de los
mismos.-
Ahora bien ajenos a estas
cuestiones de odios sociales, los jueces –encargados de administrar justicia-,
deben establecer un “debido proceso” que garantice la “la defensa en juicio” y
en el menor tiempo posible determinar la culpabilidad o no de los procesados y
en consecuencia condenar o absolver según corresponda; pero fundamentalmente
deben tomar distancias de las apetencias movidas por intereses sectoriales y
desestimar las condenas sociales y fundar las suyas en el derecho.-
Según muchos especialistas
del derecho, las prisiones preventivas dictadas por Bonadío, no se ajustan a
derecho y por ello muchos políticos de la oposición e incluso de Cambiemos
entienden que no corresponde lo dispuesto por Bonadío en torno a las prisiones
preventivas.-
Observemos algunas
cuestiones que no son menores a pesar de no ser jurídicas pero que mueven a
pensar porque Bonadío dispone las prisiones preventivas en estos tiempos, ya
con el triunfo de Cambiemos en las elecciones de medio término y con la
constitución de un nuevo Senado quien deberá decidir sobre el desafuero de
Cristina Fernández para que se pueda operar su detención.-
La primera cuestión
llamativa es que dicta la prisión preventiva cuando ya había presentado el
pedido de jubilación la cual en un trámite más que exprés fue dispuesta a
partir del 1 de Enero próximo; no será que quiso pasar a la historia como quien
dispuso la prisión preventiva nada menos que de Cristina Fernández o no será
que accedió en un trámite ultra rápido por haber dispuesto la preventiva; de lo
contrario uno no imagina que alguien que esta solo a 24 días de jubilarse pueda
tener entre sus ideas la complejidad de dictar una preventiva que generará
tanto revuelo político y jurídico nacional e internacional.-
Otra cuestión es que Bonadío en esta causa por traición a
la patria comenzó a tomar indagatorias el 17 de Octubre –fecha emblemática al
Peronismo- con la declaración de Timerman y culmino el 26 de Octubre con la de
Cristina Fernández quien en ese entonces no tenía fueros que la protejan y
espero para ordenar la preventiva al 7 de Diciembre.-
Por otra parte ninguno de
los procesados evadió presentarse a la justicia cuando esta lo requirió lo que
indica la falta de indicios de fuga -que permitiría decretar la preventiva-;
otro de los ingredientes que pueden motivar la preventiva es que la libertad
los procesados pueda, a estos, permitir la destrucción de pruebas lo cual pudo
haber hecho Cristina Fernández desde el 26 de Octubre día en que presto
indagatoria y además según Bonadío las pruebas acreditan que Cristina Fernández
esta incursa en traición a la patria de donde no existiría temor en la
destrucción de las pruebas que ya existirían en el expediente.-
Por otra parte dos
elementos claves hacen que muchos consideren que no existe traición a la patria
como delito de ayuda a ciudadanos de un país con el que estamos en guerra
porque, como muchos indican, nunca estuvimos con una guerra declarada a Irán y
además existen dos ingredientes más según algunos Nissman avalo con su firma el
acuerdo; pero el segundo es que el pacto con Irán fue aprobado por el Congreso
de la Argentina mientras que fue rechazado por el Congreso de Irán por lo cual
nunca estuvo vigente y en realidad no puedo afirmar que exista el delito de
“tentativa” de traición a la patria.-
Más allá de estas
consideraciones es dable señalar que los que desean a Cristina Fernández y sus
colaboradores presos deben rogar o desear que la justicia, lo más rápido
posible, dicte una condena solo la condena podrá disponer sin dudas la
detención de Cristina Fernández, apurarse y desear la prisión a cualquier costa
es odio y este es mal consejero ya que deja abierta la puerta para que en otros
tiempos sean otros, quienes movidos por el odio, pidan la detención por
cualquier medio de futuras personas y por temor a esta escalada es que señalo “que
el odio es mal consejero” y la justicia es la garantía necesaria en estos
casos.-
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